LA

Artículo 92. Desistimiento de recursos

Regula el desistimiento de los recursos interpuestos en el juicio de amparo y sus efectos procesales.

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Texto Legal

Artículo 92 — Desistimiento de Recursos

El recurrente podrá desistirse del recurso interpuesto antes de que se resuelva.

El desistimiento no requerirá la conformidad de las demás partes.

Al declararse el desistimiento, quedará firme la resolución recurrida. El desistimiento de los recursos no implica el desistimiento del juicio de amparo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El recurso de queja es un medio de impugnacion versatil que procede contra diversas resoluciones del juicio de amparo. SDV Asesores lo utiliza frecuentemente para combatir autos que nieguen la suspension del acto reclamado, desecheen la demanda o impongan multas al quejoso. Su tramitacion rapida lo convierte en un recurso eficaz para resolver cuestiones urgentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 92 del LA?

Regula el desistimiento de los recursos interpuestos en el juicio de amparo y sus efectos procesales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 92 de la Ley de Amparo?

El recurso de queja es un medio de impugnacion versatil que procede contra diversas resoluciones del juicio de amparo. SDV Asesores lo utiliza frecuentemente para combatir autos que nieguen la suspension del acto reclamado, desecheen la demanda o impongan multas al quejoso. Su tramitacion rapida lo convierte en un recurso eficaz para resolver cuestiones urgentes.

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