Establece la obligacion de quienes realicen actividades vulnerables de presentar avisos a la Secretaria de Hacienda cuando las operaciones alcancen los umbrales establecidos en la ley.
Quienes realicen las Actividades Vulnerables a que se refiere el articulo 17 de esta Ley tendran las siguientes obligaciones:
- I. Presentar ante la Secretaria los avisos correspondientes cuando las operaciones alcancen o superen los umbrales de identificacion establecidos en el articulo 17.
- II. Los avisos se presentaran a traves del portal electronico que para tal efecto habilite la Secretaria.
- III. Los avisos deberan presentarse a mas tardar el dia 17 del mes inmediato siguiente al que se haya realizado la operacion.
Los avisos contendran:
- Datos del sujeto obligado
- Datos de identificacion del cliente o usuario
- Descripcion de la operacion o actividad realizada
- Monto de la operacion
- Forma de pago utilizada
Los avisos se presentaran de manera mensual, agrupando todas las operaciones realizadas durante el mes calendario anterior que hayan alcanzado los umbrales de aviso.
La omision en la presentacion de avisos o la presentacion de avisos con informacion falsa o incompleta constituye una infraccion sancionable conforme al Titulo de Sanciones de esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La obligacion de presentar avisos ante la SHCP aplica a todas las actividades vulnerables listadas en el articulo 17 de la ley. En SDV Asesores de Negocio asistimos a nuestros clientes en la identificacion de sus actividades vulnerables y en la presentacion oportuna de avisos mensuales a traves del portal del SAT.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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