Regula el procedimiento que deben seguir los verificadores durante la visita, incluyendo el levantamiento de actas, la revision de documentos y la obligacion de respetar los derechos del visitado.
La visita de verificacion se desarrollara conforme al siguiente procedimiento:
- I. El verificador se identificara y entregara la orden de visita al visitado o a su representante.
- II. Se designaran testigos que participaran en el desarrollo de la diligencia.
- III. Se levantara un acta de inicio en la que se hara constar la hora, lugar y personas presentes.
Los verificadores podran solicitar:
- Expedientes de identificacion de clientes
- Avisos presentados y acuses de recibo
- Registros internos de operaciones
- Controles y politicas internas de prevencion
- Cualquier otra documentacion relacionada con las Actividades Vulnerables
El visitado tiene derecho a:
- Designar a dos testigos de asistencia
- Hacer observaciones durante el desarrollo de la visita
- Recibir copia de las actas levantadas
- Ser informado del objeto y alcance de la verificacion
Al concluir la visita se levantara un acta circunstanciada que contenga los hechos y omisiones detectados, firmada por el verificador, el visitado y los testigos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La visita de verificacion debe realizarse conforme a procedimientos especificos que protejan los derechos del visitado. En SDV Asesores de Negocio acompanamos a nuestros clientes durante las visitas para asegurar que los verificadores actuen dentro del marco legal y que se documente cualquier irregularidad procesal.
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Art. 27. Requisitos de la orden de visita de verificacion
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Art. 29. Aseguramiento de documentos durante la verificacion
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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