LCE

Artículo 18. Certificados de origen

Regula la expedicion de certificados de origen para acreditar que las mercancias exportadas cumplen con las reglas de origen de los tratados internacionales.

certificado-origentratados-internacionalesexportaciondocumentacionautocertificacion

Texto Legal

Articulo 18 - Certificados de Origen

La Secretaria de Economia expedira las reglas para la emision de certificados de origen de las mercancias exportadas, de conformidad con los tratados o convenios internacionales de los que Mexico sea parte.

Tipos de certificacion

Dependiendo del tratado aplicable, la certificacion de origen puede realizarse mediante:

- Certificado de origen emitido por autoridad competente: Documento oficial expedido por la Secretaria de Economia o entidad autorizada
- Declaracion de origen del exportador: El propio exportador certifica el origen de la mercancia bajo su responsabilidad
- Autocertificacion del importador: En algunos tratados modernos, el importador puede declarar el origen basandose en la informacion del exportador

Responsabilidad

El exportador o productor que emita un certificado de origen falso sera responsable de las consecuencias legales correspondientes, incluyendo sanciones administrativas y penales.

Conservacion de documentos

Los importadores y exportadores deberan conservar la documentacion que ampare el origen de las mercancias por un plazo de cinco anos contados a partir de la fecha de importacion.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El certificado de origen es el documento clave para acceder a las preferencias arancelarias de los tratados de libre comercio. En la practica, muchas empresas pierden beneficios arancelarios por no contar con certificados correctamente requisitados o por no mantener la documentacion de soporte. En SDV recomendamos establecer procedimientos internos robustos para la gestion de certificados de origen.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 18 del LCE?

Regula la expedicion de certificados de origen para acreditar que las mercancias exportadas cumplen con las reglas de origen de los tratados internacionales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 18 de la Ley de Comercio Exterior?

El certificado de origen es el documento clave para acceder a las preferencias arancelarias de los tratados de libre comercio. En la practica, muchas empresas pierden beneficios arancelarios por no contar con certificados correctamente requisitados o por no mantener la documentacion de soporte. En SDV recomendamos establecer procedimientos internos robustos para la gestion de certificados de origen.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 18 del LCE?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 18 LCE desde tu celular