Establece que los aranceles se aplicaran conforme a la Tarifa de la LIGIE y podran ser modificados por el Ejecutivo Federal mediante decreto.
Las mercancias sujetas a importacion y exportacion pagaran los aranceles establecidos en la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importacion y de Exportacion (LIGIE).
I. Los aranceles son los impuestos que gravan la importacion y exportacion de mercancias y constituyen el principal instrumento de politica arancelaria del Estado mexicano.
II. Los aranceles se aplican conforme a la clasificacion arancelaria de la mercancia, determinada por su naturaleza, composicion, uso y demas caracteristicas.
I. El Ejecutivo Federal podra crear, aumentar, disminuir o suprimir aranceles mediante decretos publicados en el DOF, conforme a las facultades otorgadas por el articulo 131 constitucional.
II. Las modificaciones arancelarias podran obedecer a razones de politica economica, compromisos internacionales o circunstancias de emergencia.
I. Los aranceles aplicados por Mexico no podran exceder de los niveles consolidados ante la OMC, salvo en los supuestos previstos en los acuerdos aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los aranceles son el instrumento basico de la politica comercial y su correcta aplicacion depende de la clasificacion arancelaria de la mercancia. Mexico tiene compromisos de consolidacion ante la OMC que limitan los aranceles maximos aplicables. En SDV verificamos que nuestros clientes paguen los aranceles correctos, ni mas ni menos, aprovechando todas las preferencias disponibles.
Art. 3. Facultades del Ejecutivo Federal en comercio exterior
Establece que el Ejecutivo Federal tendra facultades para crear, aumentar, disminuir o suprimir aranceles mediante decretos publicados en el DOF.
Art. 12. Tipos de aranceles
Define los tres tipos de aranceles aplicables al comercio exterior: ad valorem (porcentaje sobre el valor), especificos (cantidad determinada por unidad) y mixtos (combinacion de ambos).
Art. 23. Valor en aduana para aplicacion de aranceles
Establece que los aranceles ad valorem se calcularan sobre el valor en aduana de las mercancias, determinado conforme al Acuerdo de Valoracion Aduanera de la OMC.
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Art. 23. Valor en aduana para aplicacion de aranceles
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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