Establece que el Ejecutivo Federal tendra facultades para crear, aumentar, disminuir o suprimir aranceles mediante decretos publicados en el DOF.
Para los efectos de esta Ley, el Ejecutivo Federal tendra las siguientes facultades:
1. Crear, aumentar, disminuir o suprimir aranceles mediante decretos publicados en el Diario Oficial de la Federacion, de conformidad con lo establecido en el articulo 131 de la Constitucion Politica
2. Regular, restringir o prohibir la exportacion, importacion, circulacion o transito de mercancias cuando lo estime urgente
3. Establecer medidas para regular o restringir la exportacion o importacion de mercancias a traves de acuerdos expedidos por la Secretaria de Economia
4. Establecer medidas de salvaguarda y determinar las cuotas compensatorias que procedan
Estas facultades derivan directamente del articulo 131 constitucional, segundo parrafo, que autoriza al Ejecutivo Federal para ser facultado por el Congreso de la Union para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportacion e importacion expedidas por el propio Congreso, y para crear otras, asi como para restringir y prohibir las importaciones, las exportaciones y el transito de productos, articulos y efectos cuando lo estime urgente.
El uso de estas facultades debera someterse a la aprobacion del Congreso de la Union al enviar el presupuesto fiscal de cada ano. El Congreso evaluara si el ejercicio de las facultades se ajusto a las finalidades de la ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo concentra un poder considerable en el Ejecutivo Federal, que puede modificar aranceles por decreto sin necesidad de que el Congreso apruebe cada cambio de forma previa. Esta agilidad es necesaria para responder a las dinamicas del comercio internacional, pero tambien implica un riesgo de arbitrariedad. En SDV monitoreamos permanentemente los decretos arancelarios publicados en el DOF para alertar a nuestros clientes sobre cambios que puedan afectar sus operaciones de comercio exterior.
Art. 1. Objeto de la Ley de Comercio Exterior
Establece el objeto de la ley: regular y promover el comercio exterior, la economia del pais, la estabilidad de la produccion nacional y las condiciones de competitividad internacional.
Art. 4. Competencia de la Secretaria de Economia
Enumera las facultades de la Secretaria de Economia en materia de comercio exterior, incluyendo la formulacion de politica comercial, negociacion de tratados y administracion de medidas regulatorias.
Art. 5. Comision de Comercio Exterior
Crea la Comision de Comercio Exterior como organo de consulta del Ejecutivo Federal para emitir opinion sobre politica de comercio exterior, aranceles, medidas de regulacion y negociaciones internacionales.
Art. 12. Tipos de aranceles
Define los tres tipos de aranceles aplicables al comercio exterior: ad valorem (porcentaje sobre el valor), especificos (cantidad determinada por unidad) y mixtos (combinacion de ambos).
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Art. 4. Competencia de la Secretaria de Economia
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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