LCE

Artículo 5. Comision de Comercio Exterior

Crea la Comision de Comercio Exterior como organo de consulta del Ejecutivo Federal para emitir opinion sobre politica de comercio exterior, aranceles, medidas de regulacion y negociaciones internacionales.

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Texto Legal

Articulo 5 - Comision de Comercio Exterior

Se establece la Comision de Comercio Exterior como organo de consulta obligatoria de las dependencias y entidades de la Administracion Publica Federal en relacion con las materias a que se refiere esta Ley.

Funciones de la Comision

La Comision emitira opinion en los siguientes asuntos:

1. Modificaciones arancelarias: Sobre las modificaciones a las tarifas de los impuestos generales de importacion y exportacion
2. Medidas de regulacion: Sobre las medidas de regulacion y restriccion no arancelarias al comercio exterior
3. Reglas de origen: Sobre los criterios para el establecimiento de reglas de origen
4. Negociaciones comerciales: Sobre las posiciones de Mexico en las negociaciones comerciales internacionales
5. Programas de promocion: Sobre los programas e instrumentos de promocion y fomento al comercio exterior

Integracion de la Comision

La Comision se integra por representantes de las Secretarias de Estado y otras dependencias del Ejecutivo Federal vinculadas al comercio exterior, asi como por representantes del sector privado designados por las organizaciones empresariales reconocidas por la ley.

Caracter de las opiniones

Las opiniones de la Comision no son vinculantes, pero constituyen un mecanismo de consulta y participacion del sector privado en la formulacion de la politica de comercio exterior.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La Comision de Comercio Exterior es un foro donde el sector privado puede hacer valer sus intereses en la formulacion de la politica comercial. Aunque sus opiniones no son vinculantes, en la practica la Secretaria de Economia suele considerarlas. En SDV recomendamos a las empresas participar activamente a traves de sus camaras y asociaciones para incidir en las decisiones que afectan el comercio exterior.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 5 del LCE?

Crea la Comision de Comercio Exterior como organo de consulta del Ejecutivo Federal para emitir opinion sobre politica de comercio exterior, aranceles, medidas de regulacion y negociaciones internacionales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 5 de la Ley de Comercio Exterior?

La Comision de Comercio Exterior es un foro donde el sector privado puede hacer valer sus intereses en la formulacion de la politica comercial. Aunque sus opiniones no son vinculantes, en la practica la Secretaria de Economia suele considerarlas. En SDV recomendamos a las empresas participar activamente a traves de sus camaras y asociaciones para incidir en las decisiones que afectan el comercio exterior.

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