LCE

Artículo 29. Medidas de regulacion y restriccion no arancelarias

Establece que se podran establecer medidas de regulacion y restriccion no arancelarias a la importacion y exportacion, incluyendo permisos previos, cupos, marcado de origen y certificaciones.

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Texto Legal

Articulo 29 - Medidas de Regulacion y Restriccion No Arancelarias

Corresponde a la Secretaria de Economia, sin perjuicio de las facultades de otras dependencias, establecer medidas de regulacion y restriccion no arancelarias a la exportacion, importacion, circulacion y transito de mercancias.

Tipos de medidas no arancelarias

1. Permisos previos de importacion o exportacion: Autorizaciones que deben obtenerse antes de realizar la operacion de comercio exterior
2. Cupos maximos: Limitaciones cuantitativas a la importacion o exportacion
3. Marcado de pais de origen: Requisito de identificar el pais de procedencia
4. Certificaciones: Documentos que acreditan el cumplimiento de normas o especificaciones
5. Cuotas compensatorias: Derechos aplicados a mercancias importadas en condiciones de practicas desleales

Normas Oficiales Mexicanas (NOM)

Las NOM son un tipo especial de regulacion no arancelaria que establece especificaciones tecnicas de seguridad, informacion comercial, sanitaria, fitosanitaria y de proteccion al medio ambiente que deben cumplir las mercancias importadas.

Justificacion

Las medidas no arancelarias deben estar justificadas por alguna de las siguientes razones:

- Seguridad nacional
- Salud publica
- Proteccion del medio ambiente
- Sanidad animal y vegetal
- Proteccion al consumidor
- Cumplimiento de compromisos internacionales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las medidas no arancelarias son frecuentemente mas restrictivas que los propios aranceles. En Mexico, las NOM representan uno de los principales obstaculos para la importacion, ya que su cumplimiento requiere pruebas de laboratorio, certificaciones de organismos acreditados y etiquetado especifico. En SDV ayudamos a los importadores a identificar y cumplir todas las regulaciones no arancelarias aplicables a sus mercancias, evitando retrasos y costos adicionales en el despacho aduanero.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 29 del LCE?

Establece que se podran establecer medidas de regulacion y restriccion no arancelarias a la importacion y exportacion, incluyendo permisos previos, cupos, marcado de origen y certificaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 29 de la Ley de Comercio Exterior?

Las medidas no arancelarias son frecuentemente mas restrictivas que los propios aranceles. En Mexico, las NOM representan uno de los principales obstaculos para la importacion, ya que su cumplimiento requiere pruebas de laboratorio, certificaciones de organismos acreditados y etiquetado especifico. En SDV ayudamos a los importadores a identificar y cumplir todas las regulaciones no arancelarias aplicables a sus mercancias, evitando retrasos y costos adicionales en el despacho aduanero.

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