Si proyecto no es procedente por falta de interes publico, razones presupuestarias u otras, la dependencia lo comunica al promotor.
Si el proyecto no es procedente, por no ser de interés público, por razones presupuestarias o por cualquier otra razón, la dependencia o entidad así lo comunicará al promotor. En todo caso, el promotor estará a lo dispuesto en el artículo 36 siguiente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No requiere causa especifica formal para rechazo. Comunicacion debe ser clara aunque puede ser breve. Promotor no tiene derecho a impugnacion pero si a conocer razon general del rechazo.
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Art. 33. Justificacion y determinacion monto reembolso
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Art. 35. Resolucion entre propuestas multiples viables
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