LCPAF

Artículo 11. Registro interno de sociedades

La Secretaria mantiene registro interno de sociedades prestadoras de servicios de autotransporte y servicios auxiliares para control regulatorio.

registroautotransportecontrol regulatorio

Texto Legal

La Secretaría llevará internamente un registro de las sociedades que presten servicios de autotransporte o sus servicios auxiliares.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Mecanismo administrativo de control. Importante solicitar informacion de este registro para verificar antecedentes de operadores y servicios auxiliares.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 11 del LCPAF?

La Secretaria mantiene registro interno de sociedades prestadoras de servicios de autotransporte y servicios auxiliares para control regulatorio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 11 de la LEY de Caminos, Puentes y Autotransporte?

Mecanismo administrativo de control. Importante solicitar informacion de este registro para verificar antecedentes de operadores y servicios auxiliares.

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