Cruzamientos de caminos federales requieren permiso previo de la Secretaria. Obras de construccion y conservacion corren por cuenta del operador de la via que cruza, cumpliendo requisitos del permiso y reglamentos.
Los cruzamientos de caminos federales sólo podrán efectuarse previo permiso de la Secretaría.
Las obras de construcción y conservación de los cruzamientos se harán por cuenta del operador de la vía u obra que cruce a la ya establecida, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el permiso y en los reglamentos respectivos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Procedimiento administrativo obligatorio para cualquier interseccion con camino federal. Evaluar costos y tiempos de tramite antes de proyectos que crucen vias federales.
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