Accesos construidos dentro del derecho de via se consideran auxiliares a caminos federales. Hasta 100 metros del limite del derecho de via prohibe establecimientos de explotacion de canteras u obras con explosivos o gases nocivos.
Los accesos que se construyan dentro del derecho de vía se considerarán auxiliares a los caminos federales. LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
En los terrenos adyacentes a las vías generales de comunicación materia de esta Ley, hasta en una distancia de 100 metros del límite del derecho de vía, no podrán establecerse trabajos de explotación de canteras o cualquier tipo de obras que requieran el empleo de explosivos o de gases nocivos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Zona de exclusion de 100 metros es critica. Propietarios adyacentes no pueden explotar canteras ni usar explosivos. Revisar documentos de propiedad colindantes para verificar restricciones que pueden afectar valor comercial.
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