Permisionario en viajes internacionales debe proteger viajero desde origen hasta destino conforme a tratados y convenios internacionales aplicables.
Cuando se trate de viajes internacionales, el permisionario se obliga a proteger al viajero desde el punto de origen hasta el punto de destino, en los términos que establezcan los tratados y convenios internacionales.
CAPITULO II DE LA RESPONSABILIDAD EN EL AUTOTRANSPORTE DE CARGA
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Obligacion de cobertura integral de viaje. Los tratados internacionales pueden imponer condiciones superiores a ley nacional. Revise convenios bilaterales aplicables.
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