LCJPJF

Artículo 16. Requisitos para Asistente de constancias tribunal

Asistente de constancias y registro de tribunal de alzada requiere: 3 anos experiencia, nacionalidad mexicana, derechos civiles y politicos, titulo en derecho, sin antecedentes penales ni sanciones graves.

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Texto Legal

Requisitos para ser Asistente de constancias y registro en tribunal de alzada Para ser Asistente de constancias y registro de tribunal de alzada se deberá contar con experiencia profesional de al menos tres años, ser ciudadana o ciudadano mexicano, estar en pleno goce y ejercicio

LEY DE CARRERA JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 02-01-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

de sus derechos civiles y políticos, gozar de buena reputación, contar con título de licenciada o licenciado en derecho expedido legalmente, no haber sido condenada o condenado por delito doloso con sanción privativa de libertad mayor de un año y no haber sido sancionada o sancionado por faltas administrativas graves y no graves que hayan resultado en inhabilitación; serán nombradas y nombrados de conformidad con las disposiciones de esta Ley y de los acuerdos generales aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Posicion de entrada a nivel de tribunales de alzada. Los 3 anos de experiencia es minimo absoluto. Nombramientos conforme a acuerdos generales, revisar normativa especifica de cada tribunal para criterios de seleccion adicionales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 16 del LCJPJF?

Asistente de constancias y registro de tribunal de alzada requiere: 3 anos experiencia, nacionalidad mexicana, derechos civiles y politicos, titulo en derecho, sin antecedentes penales ni sanciones graves.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 16 de la LEY de Carrera Judicial del Poder Judicial?

Posicion de entrada a nivel de tribunales de alzada. Los 3 anos de experiencia es minimo absoluto. Nombramientos conforme a acuerdos generales, revisar normativa especifica de cada tribunal para criterios de seleccion adicionales.

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