LCJPJF

Artículo 31. Programa Formacion Desarrollo Profesional

Exige programa permanente de capacitacion y profesionalizacion que incluya dieciocho aspectos minimos desde humanidades hasta derechos especiales y materias multidisciplinarias.

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Texto Legal

Programa de formación y desarrollo profesional El Órgano de Administración Judicial, por conducto de la Escuela Judicial, deberá expedir un Programa de Formación y Desarrollo Profesional, basado en esquemas de capacitación y profesionalización permanentes, en función de las distintas categorías de la Carrera Judicial, contemplando al menos los siguientes aspectos:

I. Humanidades;

II. Procesos de decisión y de formalización de la justicia;

III. Acceso a la justicia;

IV. Buena administración de la justicia;

V. Comunicación judicial y lenguaje ciudadano;

VI. Interpretación y argumentación judicial;

VII. Dimensión nacional e internacional de la justicia;

VIII. Protección y defensa de los derechos humanos;

IX. Igualdad y perspectiva de género;

X. Derechos de niñas, niños y adolescentes;

XI. Derechos de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas;

XII. Derechos de personas con discapacidad;

XIII. Integridad en el ejercicio de la función;

XIV. Gestión de recursos humanos y administrativos;

XV. Transparencia y rendición de cuentas;

XVI. Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias;

XVII. Materias específicas y multidisciplinarias para cada integrante de la Carrera Judicial, en función de su perfil y de las actividades de naturaleza jurisdiccional que realice, y

XVIII. Las demás que establezcan los acuerdos generales aplicables.

SECCIÓN TERCERA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO

LEY DE CARRERA JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 02-01-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El programa debe ser integral y cubrir aspectos tecnico-juridicos y humanisticos. La inclusion de derechos humanos, perspectiva de genero y derechos especiales refleja estandares modernos de imparticion de justicia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del LCJPJF?

Exige programa permanente de capacitacion y profesionalizacion que incluya dieciocho aspectos minimos desde humanidades hasta derechos especiales y materias multidisciplinarias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la LEY de Carrera Judicial del Poder Judicial?

El programa debe ser integral y cubrir aspectos tecnico-juridicos y humanisticos. La inclusion de derechos humanos, perspectiva de genero y derechos especiales refleja estandares modernos de imparticion de justicia.

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