Contratos de deposito, apertura de credito, comision y mandato no se resuelven por concurso mercantil salvo decision del conciliador. Mantiene relaciones financieras continuadas durante el procedimiento concursal.
Los contratos de depósito, de apertura de crédito, de comisión y de mandato, no quedarán resueltos por el concurso mercantil de una de las partes, salvo que el conciliador considere que deban darse por terminados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Estos contratos son operaciones continuas esenciales para el negocio. El conciliador tiene discrecion para terminarlos si no son viables economicamente. Auditar si las contraparte mantienen sus obligaciones.
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