LCM

Artículo 13. Concurso por empresa cerrada o suspendida

Permite declarar en concurso al comerciante que termino operaciones pero incumple obligaciones de acuerdo a criterios del articulo 10.

empresa suspendidatermino operacionesobligaciones pasadasincumplimiento

Texto Legal

El Comerciante que haya suspendido o terminado la operación de su empresa, podrá ser declarado en concurso mercantil cuando incumpla generalizadamente en términos del artículo 10 de esta Ley en el pago de las obligaciones que haya contraído por virtud de la operación de su empresa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Cobertura para evasion de responsabilidad: cerrar la empresa no cancela obligaciones. El deudor sigue sujeto a concurso por pasivos incurridos durante operacion. Relevante para liquidaciones unilaterales o cierres precipitados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 13 del LCM?

Permite declarar en concurso al comerciante que termino operaciones pero incumple obligaciones de acuerdo a criterios del articulo 10.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 13 de la LEY de Concursos Mercantiles?

Cobertura para evasion de responsabilidad: cerrar la empresa no cancela obligaciones. El deudor sigue sujeto a concurso por pasivos incurridos durante operacion. Relevante para liquidaciones unilaterales o cierres precipitados.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 13 del LCM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 13 LCM desde tu celular