La convocatoria debe incluir descripcion de bienes, precio minimo razonado, fecha y lugar de subasta, y oportunidades de inspeccion. El Instituto fija disposiciones generales para su publicacion.
El síndico publicará la convocatoria para la subasta conforme a las disposiciones generales que al efecto emita el Instituto.
La convocatoria deberá contener:
I. Una descripción de cada uno de los bienes o conjunto de bienes de la misma especie y calidad que se pretende enajenar;
II. El precio mínimo que servirá de referencia para determinar la adjudicación de los bienes subastados, acompañado de una explicación razonada de dicho precio y, en su caso, la documentación en que se sustente;
III. La fecha, hora y lugar en los que se propone llevar a cabo la subasta, y
IV. Las fechas, lugares y horas en que los interesados podrán conocer, visitar o examinar los bienes de que se trate.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La documentacion que sustente el precio minimo es critica para evitar impugnaciones posteriores. Se recomienda obtener avaluos independientes y documentar la metodologia utilizada claramente.
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Art. 198. Procedimiento de subasta publica obligatoria
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Art. 200. Presentacion de posturas ante el juez
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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