Son creditos contra la masa los laborales de dos anos, administracion de la masa, gastos de seguridad y conservacion de bienes, y gastos de diligencias judiciales. Pagaderos antes que cualquier otro grado.
Son créditos contra la Masa y serán pagados en el orden indicado y con anterioridad a cualquiera de los que se refiere el artículo 217 de esta Ley:
I. Los referidos en la fracción XXIII, apartado A, del artículo 123 constitucional y sus disposiciones reglamentarias; Fracción reformada DOF 10-01-2014
II. Los contraídos para la administración de la Masa por el Comerciante con autorización del conciliador o síndico o, en su caso, los créditos indispensables para mantener la operación ordinaria de la empresa y la liquidez necesaria durante la tramitación del concurso mercantil. En este último supuesto, se perderá todo privilegio y preferencia en el pago en caso de otorgarse dichos créditos en contravención a lo resuelto por el juez o a lo autorizado por el conciliador, así como en caso de resolverse mediante sentencia firme que los créditos fueron contratados en fraude de acreedores y en perjuicio de la Masa; Fracción reformada DOF 10-01-2014
III. Los contraídos para atender los gastos normales para la seguridad de los bienes de la Masa, su refacción, conservación y administración, y Fracción reformada DOF 27-12-2007
IV. Los procedentes de diligencias judiciales o extrajudiciales en beneficio de la Masa. Fracción reformada DOF 27-12-2007
LEY DE CONCURSOS MERCANTILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
V. (Se deroga) Fracción derogada DOF 27-12-2007
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Maxima prioridad operativa. El sindico autorizado puede contraer nuevos creditos para operacion ordinaria; el juez debe vigilar fraude. Contador debe separar estos gastos contablemente.
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