Se define autoridad concedente como el gobierno, dependencia u otra entidad de derecho publico que otorga la concesion para prestar un servicio publico.
Para efectos de este capítulo se entenderá como autoridad concedente al gobierno, dependencia u otra entidad de derecho público que otorgue la concesión para la prestación de un servicio público.
LEY DE CONCURSOS MERCANTILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta definicion es operativa para identificar con quien debe coordinarse en el concurso. En casos de concesiones complejas con multiples niveles de gobierno, es recomendable obtener claridad sobre cual es la autoridad concedente principal.
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