LCM

Artículo 239. Definicion de autoridad concedente

Se define autoridad concedente como el gobierno, dependencia u otra entidad de derecho publico que otorga la concesion para prestar un servicio publico.

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Texto Legal

Para efectos de este capítulo se entenderá como autoridad concedente al gobierno, dependencia u otra entidad de derecho público que otorgue la concesión para la prestación de un servicio público.

LEY DE CONCURSOS MERCANTILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta definicion es operativa para identificar con quien debe coordinarse en el concurso. En casos de concesiones complejas con multiples niveles de gobierno, es recomendable obtener claridad sobre cual es la autoridad concedente principal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 239 del LCM?

Se define autoridad concedente como el gobierno, dependencia u otra entidad de derecho publico que otorga la concesion para prestar un servicio publico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 239 de la LEY de Concursos Mercantiles?

Esta definicion es operativa para identificar con quien debe coordinarse en el concurso. En casos de concesiones complejas con multiples niveles de gobierno, es recomendable obtener claridad sobre cual es la autoridad concedente principal.

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