LCM

Artículo 260. Interventores de CONDUSEF

La Comision Nacional para la Proteccion y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros puede designar hasta tres interventores para representar y proteger derechos de acreedores en concurso mercantil.

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Texto Legal

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, podrá designar hasta tres interventores, quienes tendrán la obligación de representar y proteger los derechos e intereses de los acreedores de la sociedad declarada en concurso mercantil. Artículo reformado DOF 10-01-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

CONDUSEF tiene participacion paralela a CNBV en defensa de acreedores. Tener hasta tres interventores agrega capas de supervision que pueden alentar o acelerar procesos segun intereses.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 260 del LCM?

La Comision Nacional para la Proteccion y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros puede designar hasta tres interventores para representar y proteger derechos de acreedores en concurso mercantil.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 260 de la LEY de Concursos Mercantiles?

CONDUSEF tiene participacion paralela a CNBV en defensa de acreedores. Tener hasta tres interventores agrega capas de supervision que pueden alentar o acelerar procesos segun intereses.

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