LCM

Artículo 288. Facultad de Representante Extranjero para apertura de concurso

Representante Extranjero puede solicitar apertura de concurso mercantil en Mexico si se cumplen condiciones legales para apertura de procedimiento.

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Texto Legal

Todo Representante Extranjero estará facultado para solicitar la apertura de un concurso mercantil con arreglo a esta Ley, si por lo demás se cumplen las condiciones para la apertura de ese procedimiento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta norma permite que administrador de insolvencia en pais A inicie procedimiento en Mexico respecto del mismo comerciante. Util para casos donde activos principales estan en Mexico pero procedimiento principal esta en otro pais.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 288 del LCM?

Representante Extranjero puede solicitar apertura de concurso mercantil en Mexico si se cumplen condiciones legales para apertura de procedimiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 288 de la LEY de Concursos Mercantiles?

Esta norma permite que administrador de insolvencia en pais A inicie procedimiento en Mexico respecto del mismo comerciante. Util para casos donde activos principales estan en Mexico pero procedimiento principal esta en otro pais.

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