Los recursos para cubrir adeudos del ejercicio fiscal anterior no deben exceder el 2.5% de los ingresos totales del municipio. Esto establece un límite claro para el manejo de deudas pasadas.
Los recursos para cubrir los adeudos del ejercicio fiscal anterior, previstos en el proyecto de Presupuesto de Egresos, podrán ser hasta por el 2.5 por ciento de los Ingresos totales del respectivo Municipio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los contadores deben llevar un registro detallado de los adeudos para asegurarse de que no se excedan los límites establecidos. Esto es crucial para evitar problemas de liquidez.
Anterior
Art. 19. Balance presupuestario sostenible
Siguiente
Art. 21. Cumplimiento de disposiciones legales
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo