Las obligaciones a corto plazo no pueden ser refinanciadas o reestructuradas a plazos mayores a un año. Esta restricción busca mantener la disciplina financiera en las entidades.
Las Obligaciones a corto plazo a que se refiere el presente Capítulo no podrán ser objeto de Refinanciamiento o Reestructura a plazos mayores a un año. Artículo reformado DOF 30-01-2018
CAPÍTULO III De la Contratación de Deuda Pública por parte de la Ciudad de México
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las entidades deben planificar cuidadosamente sus flujos de efectivo para evitar caer en incumplimientos por la prohibición de refinanciamiento. Es recomendable revisar las condiciones de las obligaciones antes de su contratación.
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Art. 31. Uso de recursos de obligaciones a corto plazo
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