252

Artículo 30. Autorizacion para proporcionar informacion

Mandos superiores pueden proporcionar informacion sobre Armada salvo clasificada; mandos subordinados requieren autorizacion del mando correspondiente.

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Texto Legal

Los mandos superiores en jefe y mandos superiores podrán proporcionar cualquier información, salvo que sea clasificada sobre personal, material, instalaciones, operaciones y demás asuntos relativos a la Armada; los mandos subordinados podrán hacerlo con autorización del mando correspondiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Establece jerarquia de autorizacion para divulgacion de informacion. Importante en litigios para determinar responsabilidades por divulgacion indebida; debe diferenciarse entre informacion clasificada y publica conforme a leyes de transparencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del 252?

Mandos superiores pueden proporcionar informacion sobre Armada salvo clasificada; mandos subordinados requieren autorizacion del mando correspondiente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada...?

Establece jerarquia de autorizacion para divulgacion de informacion. Importante en litigios para determinar responsabilidades por divulgacion indebida; debe diferenciarse entre informacion clasificada y publica conforme a leyes de transparencia.

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