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Artículo 37. Prohibiciones disciplinarias generales

Se prohibe murmuración contra ordenes, proselitismo politico-religioso, divulgacion de informacion clasificada, distraccion de deberes, anonimos, presion sobre colegas, cambios irregulares, uniformes en sitios inapropiados, participacion en marchas uniformado, mezcla de uniformes y compromisos deshonrosos.

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Texto Legal

El personal de la Armada tiene prohibido:

I. Murmurar en contra de las órdenes superiores y orientaciones del mando supremo, pudiendo pedir su baja del servicio cuando no esté conforme con ellas;

II. Realizar actividades de proselitismo político o religioso en las unidades y establecimientos de la Armada o en actos del servicio;

III. Proporcionar información sobre material clasificado de la Armada;

IV. Distraerse de los deberes que le imponga su jerarquía, mando, cargo o comisión, sin permiso de su inmediato superior, a menos que concurran circunstancias extraordinarias o no previstas en esta Ley, en cuyo caso obrará bajo su exclusiva responsabilidad;

V. Dar crédito a denuncias o quejas anónimas, cualesquiera que ellas sean;

VI. Cursar uno o más anónimos. Quien sea identificado, será sancionado conforme a la legislación penal militar;

VII. Hacer presión para conseguir de otro miembro de la Armada, cualquiera que fuere su sexo, determinadas concesiones o favores;

VIII. Solicitar a la superioridad el cambio de adscripción de un subalterno por medios que no estén previstos por la ley o los reglamentos;

IX. Entrar en cantinas, garitos o sitios de prostitución, portando uniforme;

X. Participar uniformado en marchas, espectáculos o representaciones;

XI. Mezclar las prendas de los diferentes uniformes entre sí o con las de paisano;

LEY DE DISCIPLINA PARA EL PERSONAL DE LA ARMADA DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 13-12-2002 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

XII. Aceptar todo compromiso que implique deshonor, falta de disciplina o menoscabo de la reputación de la Institución, y

XIII. Empeñar su palabra de honor, cuando no tengan la seguridad de poder cumplirla.

CAPITULO IV De los Estímulos

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo fundamental con 13 fracciones de prohibiciones especificas. Base principal para sanciones disciplinarias; requiere precision en acusaciones. Abogados defensores deben demostrar afectacion real a disciplina o derechos; algunas prohibiciones (murmoracion, cambios de uniforme) pueden ser cuestionadas por vaguedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del 252?

Se prohibe murmuración contra ordenes, proselitismo politico-religioso, divulgacion de informacion clasificada, distraccion de deberes, anonimos, presion sobre colegas, cambios irregulares, uniformes en sitios inapropiados, participacion en marchas uniformado, mezcla de uniformes y compromisos deshonrosos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada...?

Articulo fundamental con 13 fracciones de prohibiciones especificas. Base principal para sanciones disciplinarias; requiere precision en acusaciones. Abogados defensores deben demostrar afectacion real a disciplina o derechos; algunas prohibiciones (murmoracion, cambios de uniforme) pueden ser cuestionadas por vaguedad.

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