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Artículo 57. Ambito de competencia en graduacion de arrestos

Los mandos facultados graduan arrestos solo sobre personal bajo sus ordenes directas o temporalmente comisionado en su unidad.

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Texto Legal

Los mandos facultados para graduar arrestos, lo harán con el personal bajo sus órdenes directas, o con aquel que temporalmente se encuentre comisionado en la unidad a su mando.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Limitante importante: no puede graduar arresto sobre personal de otra unidad sin subordinacion establecida. Un mando que arresta a personal fuera de su cadena de mando actua sin competencia. Vicia el arresto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 57 del 252?

Los mandos facultados graduan arrestos solo sobre personal bajo sus ordenes directas o temporalmente comisionado en su unidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 57 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada...?

Limitante importante: no puede graduar arresto sobre personal de otra unidad sin subordinacion establecida. Un mando que arresta a personal fuera de su cadena de mando actua sin competencia. Vicia el arresto.

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