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Artículo 70. Prohibicion de doble sancion por misma falta

El infractor no sera sancionado dos veces por comision de la misma falta, ya sea con dos sanciones distintas o por distintos superiores, previniendo castigo duplicado.

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Texto Legal

Un infractor no deberá ser sancionado dos veces por la comisión de la misma falta, ya sea con dos sanciones distintas o por distintos superiores.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta es garantia fundamental de non bis in idem adaptada al derecho disciplinario militar. Requiere identificar con precision cual fue la primera sancion impuesta para prevenir vulneracion de este principio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 70 del 252?

El infractor no sera sancionado dos veces por comision de la misma falta, ya sea con dos sanciones distintas o por distintos superiores, previniendo castigo duplicado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 70 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada...?

Esta es garantia fundamental de non bis in idem adaptada al derecho disciplinario militar. Requiere identificar con precision cual fue la primera sancion impuesta para prevenir vulneracion de este principio.

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