LFLL

Artículo 18. Quórum y decisiones

El quórum mínimo para las decisiones del Consejo es del 50% más uno de sus miembros. Las decisiones deben ser aprobadas por la mayoría de los presentes.

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Texto Legal

El quórum mínimo será del cincuenta por ciento más uno de sus miembros, y para que sus decisiones sean válidas deberán ser aprobadas por la mayoría de los miembros presentes, salvo en lo establecido en el artículo inmediato anterior.

CAPÍTULO IV DE LA COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL, INTERGUBERNAMENTAL Y CON LA SOCIEDAD CIVIL

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Comprender el quórum y el proceso de toma de decisiones es esencial para los miembros del Consejo. Esto asegura que las decisiones sean válidas y representativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 18 del LFLL?

El quórum mínimo para las decisiones del Consejo es del 50% más uno de sus miembros. Las decisiones deben ser aprobadas por la mayoría de los presentes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 18 de la LEY de Fomento para la Lectura y el Libro?

Comprender el quórum y el proceso de toma de decisiones es esencial para los miembros del Consejo. Esto asegura que las decisiones sean válidas y representativas.

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