LFLL

Artículo 19. Responsabilidades de Secretarías

La Secretaría de Cultura y la Secretaría de Educación Pública son responsables de promover la coordinación de programas relacionados con la lectura y el libro. Esto se basa en la política nacional de fomento a la lectura.

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Texto Legal

La Secretaría de Cultura y la Secretaría de Educación Pública, son las instancias responsables de incentivar y promover la concurrencia, vinculación y congruencia de los programas y acciones de los distintos órdenes de gobierno, con base en los objetivos, estrategias y prioridades de la política nacional de fomento a la lectura y el libro. Artículo reformado DOF 17-12-2015

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las Secretarías juegan un papel clave en la implementación de políticas de fomento a la lectura. Es recomendable que las instituciones colaboren con estas entidades para maximizar el impacto de sus programas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 19 del LFLL?

La Secretaría de Cultura y la Secretaría de Educación Pública son responsables de promover la coordinación de programas relacionados con la lectura y el libro. Esto se basa en la política nacional de fomento a la lectura.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 19 de la LEY de Fomento para la Lectura y el Libro?

Las Secretarías juegan un papel clave en la implementación de políticas de fomento a la lectura. Es recomendable que las instituciones colaboren con estas entidades para maximizar el impacto de sus programas.

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