Actos y contratos de la Casa de Moneda se rigen por leyes federales y sus controversias son competencia exclusiva de Tribunales de la Federacion, sin obligacion de garantias para particulares.
Los actos, convenios y contratos en que intervenga la Casa de Moneda de México, se ajustarán a las leyes federales conducentes y las controversias en que sea parte, serán de la competencia exclusiva de los Tribunales de la Federación, quedando exceptuada de otorgar las garantías que se exigen a los particulares.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La excepcion de garantias es critica: no puede requerirse al organismo fianzas o garantias que se exigen a particulares. Para litigia o contratos, aprovecha este estatus. Jurisdiccion exclusiva es siempre federal.
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