La Casa de Moneda de Mexico tiene domicilio en el Distrito Federal pero puede establecer y operar plantas y oficinas en otros lugares de la Republica.
La Casa de Moneda de México tendrá su domicilio en el Distrito Federal y podrá establecer u operar plantas y oficinas en otros lugares de la República.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta disposicion otorga flexibilidad para la expansion operativa. Para efectos jurisdiccionales y contractuales, el domicilio fiscal principal es el Distrito Federal, aunque las operaciones pueden descentralizarse.
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Art. 2. Creacion de la Casa de Moneda de Mexico
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Art. 4. Objeto principal y acuñacion de moneda
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