LESS

Artículo 45. Obligaciones Principales de Organismos

Lista 16 obligaciones incluyendo cumplir fines y principios, establecer fondos de reserva, mantener documentacion, informar al Instituto anualmente, y fomentar profesionalizacion de asociados. Requiere planeacion estrategica e informes financieros.

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Texto Legal

Los Organismos del Sector deberán ajustarse a lo siguiente: Párrafo reformado DOF 11-06-2013

LEY DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-04-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

I.Cumplir y hacer cumplir los fines, valores, principios y prácticas previstos en la presente Ley, lo cual acreditarán conforme al modelo de certificación correspondiente; Fracción reformada DOF 16-04-2025

II.Establecer fondos de reserva, previsión social y educación de acuerdo a las leyes específicas, con porcentajes de los excedentes o beneficios percibidos en sus actividades económicas; sin que ello les implique mayores cargas de las que se consideren en los ordenamientos legales que, en su caso, las rijan en función de su naturaleza jurídica; Fracción reformada DOF 11-06-2013

III.Utilizar los beneficios que consagra la presente Ley para los fines con que fueron autorizados;

IV.Conservar la documentación que demuestre el otorgamiento y uso de apoyos y estímulos públicos otorgados para los fines de sus actividades económicas;

V.Informar al Instituto anualmente o en los casos que les sea requerido, sobre el ejercicio de los apoyos y estímulos públicos otorgados con fines de fomento;

VI.Proporcionar la información que les sea requerida por el Instituto y demás autoridades competentes sobre sus fines, estatutos, programas, actividades, beneficiarios, patrimonio, operación administrativa y financiera, estados financieros y uso de los apoyos y estímulos públicos que reciban;

VII.Cumplir en tiempo y forma con las normas de las recuperaciones financieras establecidas por el Instituto;

VIII.Acatar las disposiciones, recomendaciones y sanciones administrativas que emita o disponga el Instituto y demás autoridades competentes;

IX.Los Organismos del Sector deberán fomentar y difundir los principios, valores y prácticas de la economía social, formular y promover la implementación, en coordinación con las autoridades competentes, de estrategias, planes y programas que impulsen el desarrollo del Sector, así como ejercer cualquier actividad lícita en beneficio de sus Asociados y la comunidad;

X.Los Organismos del Sector realizarán programas de planeación estratégica para su desarrollo progresivo, elaborarán informes sobre servicios y beneficios económicos, educativos y sociales prestados en su ejercicio a sus Asociados y a la comunidad;

XI.Promover la profesionalización y capacitación de sus Asociados;

XII.Actuar con criterios de imparcialidad y no discriminación en la determinación de beneficiarios;

XIII.Cumplir con las obligaciones derivadas de los convenios suscritos con el Instituto;

XIV.Informar a sus Asociados a través de su Asamblea General u Órgano de Dirección sobre los servicios y beneficios económicos, educativos y sociales prestados en el respectivo ejercicio, así como de sus estados financieros;

XV.(Se deroga). Fracción derogada DOF 11-06-2013

XVI.En caso de disolución, transmitir los bienes que haya adquirido con apoyos y estímulos públicos, a otro u otros Organismos del Sector que realicen actividades objeto de fomento. El

LEY DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-04-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Organismo del Sector que se disuelva tendrá la facultad de elegir a quién transmitirá dichos bienes; Fracción reformada DOF 11-06-2013

XVII. Contribuir al desarrollo socioeconómico nacional, y Fracción reformada DOF 16-04-2025

XVIII. Las demás que señale la presente Ley y leyes aplicables.

CAPÍTULO III DEL FOMENTO Y FINANCIAMIENTO DE LOS ORGANISMOS DEL SECTOR

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta es la obligacion central mas extensa. Requiere acreditacion conforme a modelo de certificacion (reformado 2025). Establezca sistemas de control interno robusto, fondos de reserva conforme leyes especificas, e informes anuales detallados al Instituto y Asamblea General.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 45 del LESS?

Lista 16 obligaciones incluyendo cumplir fines y principios, establecer fondos de reserva, mantener documentacion, informar al Instituto anualmente, y fomentar profesionalizacion de asociados. Requiere planeacion estrategica e informes financieros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 45 de la LEY de la Economía Social y Solidaria?

Esta es la obligacion central mas extensa. Requiere acreditacion conforme a modelo de certificacion (reformado 2025). Establezca sistemas de control interno robusto, fondos de reserva conforme leyes especificas, e informes anuales detallados al Instituto y Asamblea General.

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