LEPEPM

Artículo 124. Entrega de informacion a Secretaria de Energia

Pemex debe proporcionar a la Secretaria de Energia y Comision Nacional de Energia la informacion solicitada para funciones de programacion sectorial, diseño de politicas publicas y ejercicio de rectoría economica estatal, dentro de plazos establecidos.

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Texto Legal

Petróleos Mexicanos debe entregar a la Secretaría de Energía la información que le solicite, dentro de los plazos que al efecto establezcan. Dicha información debe referirse a, o estar relacionada con, aquellos aspectos que le permitan a la Secretaría de Energía realizar las funciones de programación sectorial, diseñar, formular y dar seguimiento a políticas públicas, planear y conducir debidamente la realización de actividades estratégicas y prioritarias a cargo del Estado, y ejercer las funciones en materia de rectoría económica del Estado, en términos de las disposiciones y conforme a las leyes aplicables. Petróleos Mexicanos debe entregar a la Secretaría de Energía y a la Comisión Nacional de Energía, la información que le requieran, en términos de las disposiciones aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta disposicion vincula a Pemex con autoridades regulatorias clave. Los departamentos de planeacion y finanzas deben establecer sistemas para responder solicitudes de informacion en plazos establecidos. Incumplimiento puede afectar diseño de politicas energeticas nacionales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 124 del LEPEPM?

Pemex debe proporcionar a la Secretaria de Energia y Comision Nacional de Energia la informacion solicitada para funciones de programacion sectorial, diseño de politicas publicas y ejercicio de rectoría economica estatal, dentro de plazos establecidos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 124 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos...?

Esta disposicion vincula a Pemex con autoridades regulatorias clave. Los departamentos de planeacion y finanzas deben establecer sistemas para responder solicitudes de informacion en plazos establecidos. Incumplimiento puede afectar diseño de politicas energeticas nacionales.

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