LEPEPM

Artículo 125. Evaluacion anual por Comisario independiente

Un Comisario independiente designado por la Secretaria Anticorrupcion debe evaluar anualmente el desempeño de Pemex, su Consejo y comites. Debe presentar informe a Camara de Diputados antes del 30 de junio, formular recomendaciones y solicitar informacion necesaria.

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Texto Legal

La evaluación anual de Petróleos Mexicanos que realice sobre el desempeño de la empresa y de su Consejo de Administración, incluyendo sus comités, debe estar a cargo de una persona Comisaria con las funciones siguientes: I. Formular anualmente una evaluación global de la marcha y desempeño de Petróleos Mexicanos, que incluya un análisis sobre la situación operativa, programática y financiera de la empresa, así como de la estructura organizacional, la unidad de procesos y la estructura contable. El informe señalado debe presentarse a la Cámara de Diputados y a la persona titular del Ejecutivo Federal a más tardar el 30 de junio de cada año; II. Formular recomendaciones puntuales al Consejo de Administración y a la persona titular de la Dirección General de Petróleos Mexicanos, y III. Solicitar a la persona titular de la Dirección General de Petróleos Mexicanos toda la información necesaria para rendir el informe a que se refiere la fracción I anterior. La persona Comisaria debe ser designada por la persona titular de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. La contratación de la persona Comisaria no puede hacerse por periodos mayores de cinco años y debe ser cubierta con cargo a Petróleos Mexicanos.

LEY DE LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO, PETRÓLEOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 18-03-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Para ser persona Comisaria se debe cumplir con los mismos requisitos establecidos para ser persona consejera independiente, así como no haber sido persona integrante del Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos en los cinco años previos a su designación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El Comisario actua como auditor independiente de gobierno corporativo. Debe cumplir requisitos de consejero independiente y no haber sido parte del Consejo en cinco años previos. Los gastos de contratacion corren a cargo de Pemex y el periodo no excede cinco años.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 125 del LEPEPM?

Un Comisario independiente designado por la Secretaria Anticorrupcion debe evaluar anualmente el desempeño de Pemex, su Consejo y comites. Debe presentar informe a Camara de Diputados antes del 30 de junio, formular recomendaciones y solicitar informacion necesaria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 125 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos...?

El Comisario actua como auditor independiente de gobierno corporativo. Debe cumplir requisitos de consejero independiente y no haber sido parte del Consejo en cinco años previos. Los gastos de contratacion corren a cargo de Pemex y el periodo no excede cinco años.

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