Consejeros pueden solicitar informacion necesaria para toma de decisiones a traves del Director General, entregada en plazos fijados por el Consejo.
Las personas consejeras del Consejo de Administración, conforme a las reglas que éste emita, pueden solicitar, a través de la persona titular de la Dirección General, la información necesaria para la toma de decisiones en el ejercicio de sus funciones, esta información debe ser entregada o puesta a disposición en los plazos que determine el propio Consejo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Derecho procesal que asegura decision informada. Los plazos deben ser razonables. Combinar con Art. 35 inciso II sobre obligacion de revelar informacion relevante.
Anterior
Art. 28. Reglas operacion consejo administracion
Siguiente
Art. 30. Confidencialidad obligaciones consejeros
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo