LGN

Artículo 84. Conduccion Ministerio Publico investigacion

La Guardia Nacional actua bajo conduccion y mando del Ministerio Publico en investigacion y combate a delitos, asegurando legalidad y que resultados sean validos como evidencia ante tribunales.

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Texto Legal

En sus funciones y atribuciones de investigación y combate a los delitos, la Guardia Nacional actuará bajo la conducción y mando del Ministerio Público competente, a fin de que sus actuaciones se lleven a cabo con legalidad y bajo las formalidades necesarias para que los resultados de tales actuaciones puedan presentarse como evidencia válida ante los tribunales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este es un articulo clave de control constitucional. Establece que la Guardia Nacional no actua autonomamente sino bajo conduccion del MP. Para litigantes, esto significa que cualquier investigacion de Guardia Nacional debe tener respaldo del MP y seguir formalidades procesales. Valide que las detenciones sigan esta cadena de mando.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 84 del LGN?

La Guardia Nacional actua bajo conduccion y mando del Ministerio Publico en investigacion y combate a delitos, asegurando legalidad y que resultados sean validos como evidencia ante tribunales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 84 de la LEY de la Guardia Nacional?

Este es un articulo clave de control constitucional. Establece que la Guardia Nacional no actua autonomamente sino bajo conduccion del MP. Para litigantes, esto significa que cualquier investigacion de Guardia Nacional debe tener respaldo del MP y seguir formalidades procesales. Valide que las detenciones sigan esta cadena de mando.

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