LDPAM

Artículo 13. Sistemas de informacion e indicadores

Federacion, entidades y municipios integraran instrumentos de informacion sobre adultos mayores. Instituto Nacional establecera lineamientos y criterios de bases de datos.

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Texto Legal

La Federación, las entidades federativas y los municipios integrarán los instrumentos de información para cuyo efecto el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores establecerá los lineamientos y criterios generales de las bases de datos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Obliga recoleccion y sistematizacion de datos sobre adultos mayores. Permite solicitar informacion publica sobre programas y beneficios disponibles. Util para casos donde se requiera demostrar falta de cobertura o discriminacion estadistica.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 13 del LDPAM?

Federacion, entidades y municipios integraran instrumentos de informacion sobre adultos mayores. Instituto Nacional establecera lineamientos y criterios de bases de datos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 13 de la LEY de los Derechos de las Personas Adultas May...?

Obliga recoleccion y sistematizacion de datos sobre adultos mayores. Permite solicitar informacion publica sobre programas y beneficios disponibles. Util para casos donde se requiera demostrar falta de cobertura o discriminacion estadistica.

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