Instituciones de salud deben garantizar servicios integrales de calidad, areas geriatricas en hospitales, cartilla de salud, medicamentos, capacitacion en autocuidado y coordinacion interinstitucional.
Corresponde a las Instituciones Públicas del Sector Salud, garantizar a las personas adultas mayores: Párrafo reformado DOF 26-01-2005
I. El derecho a la prestación de servicios públicos de salud integrales y de calidad, en todas las actividades de atención médica, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley General de Salud;
LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-06-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Asimismo, los programas de salud dirigidos a atender las necesidades de las personas en las diferentes etapas del ciclo de vida incorporarán medidas de prevención y promoción de la salud a fin de contribuir a prevenir discapacidades y favorecer un envejecimiento saludable, en igualdad de condiciones para el ejercicio del derecho a la protección de la salud de las mujeres y los hombres; Fracción reformada DOF 30-03-2022
a. Las personas adultas mayores tendrán el derecho de ser examinados cuando menos una vez al año, para el mantenimiento de su salud y recibir los tratamientos que requieran en caso de enfermedad.
b. Serán sujetos de la confidencialidad y participarán en las decisiones que sobre su estado de salud se generen.
c. Tendrán derecho a una nutrición adecuada y apropiada.
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Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo mas detallado sobre derechos de salud. Crea derechos justiciables a servicios geriátricos, medicamentos sin costo previo estudio socioeconomico y cartilla integrada. Base para demandas de amparo por negacion de servicios de salud. Abogados deben conocer obligaciones de IMSS e ISSSTE.
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