Consejo Directivo se reunira minimo cuatro veces al año segun Estatuto Organico, con calendario aprobado en primera sesion ordinaria, pudiendo celebrar extraordinarias.
El Consejo Directivo se reunirá con la periodicidad que señale el Estatuto Orgánico, sin que pueda ser menos de cuatro veces al año, de acuerdo con el calendario que será aprobado en la primera sesión ordinaria de su ejercicio, pudiendo celebrar las reuniones extraordinarias que se requieran.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Establece minimo cuatrimestral de sesiones para garantizar actividad del organismo. Calendarios publicos permiten accountability. Extraordinarias flexibilizan respuesta a temas urgentes.
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