Director General ejerce atribuciones conforme articulos 22 y 59 de Ley Federal de Entidades Paraestatales para ejecucion y administracion del Instituto.
El Director General tendrá las atribuciones a que se refieren los artículos 22 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
CAPÍTULO III DEL CONSEJO CIUDADANO DE PERSONAS ADULTAS MAYORES Denominación del Capítulo reformada DOF 26-01-2005
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Reenvio normativo a ley paraestatales. Articulos 22 y 59 establecen facultades ejecutivas amplias. Interpretar conjuntamente con atribuciones del Consejo para claridad de competencias.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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