Las administradoras deben seguir las disposiciones de contabilidad establecidas por la ley y la Comisión. Se requiere cumplir con normas de agrupación de cuentas y registro contable.
La contabilidad de las administradoras, sociedades de inversión y empresas operadoras, se sujetará a lo previsto en la presente ley, en el reglamento de la misma, así como en las disposiciones de carácter general y los anexos de estas últimas, que para tal efecto expida la Comisión.
Las administradoras, sociedades de inversión y las empresas operadoras, deberán cumplir con las normas de agrupación de cuentas, así como de registro contable y de operaciones que dicte la Comisión. Artículo reformado DOF 10-12-2002
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo detalla las obligaciones contables de las administradoras, lo que es esencial para la transparencia financiera. Los contadores deben estar atentos a las normas emitidas por la Comisión para evitar inconsistencias.
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