En caso de perdida o deterioro grave, el acreedor hipotecario puede ejercer derechos sobre restos naufrago e indemnizaciones por daños, avería comun, servicios e indemnizaciones de seguros.
En caso de pérdida o deterioro grave de la embarcación, el acreedor hipotecario está legitimado para ejercer sus derechos sobre los restos náufragos y además sobre:
I. Indemnizaciones debidas por daños materiales ocasionados a la embarcación o artefacto naval;
II. Los importes debidos a la embarcación por avería común;
III. Indemnizaciones por daños ocasionados a la embarcación o artefacto naval, con motivo de servicios prestados; e
IV. Indemnizaciones de seguro.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo amplía significativamente la proteccion del acreedor hipotecario. Los abogados deben asegurar que los contratos de hipoteca incluyan clausulas sobre derechos sobre seguros y restos, y los contadores deben reflejar estas contingencias en la valuacion de garantías.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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