LNCM

Artículo 11. Sujetos activos de abanderamiento y matricula

Personas fisicas y morales mexicanas pueden solicitar abanderamiento si son propietarias o poseedoras via arrendamiento financiero con institucion crediticia mexicana o extranjera autorizada.

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Texto Legal

Las personas físicas o morales mexicanas constituidas de conformidad con la legislación aplicable podrán, solicitar el abanderamiento y matriculación de embarcaciones y artefactos navales en los siguientes casos:

I. Cuando sean de su propiedad; y

II. Cuando se encuentren bajo su posesión mediante contrato de arrendamiento financiero celebrado con una institución de crédito mexicana, o bien con una extranjera autorizada para actuar como tal conforme a las leyes nacionales.

Autorizado el abanderamiento, la Secretaría hará del conocimiento de la autoridad fiscal competente, el negocio jurídico que tenga como consecuencia la propiedad o posesión de la embarcación. Párrafo reformado DOF 19-12-2016, 07-12-2020

En el abanderamiento y matriculación, las embarcaciones y los artefactos navales deberán cumplir con los Tratados Internacionales y con los requisitos establecidos en el reglamento respectivo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Restriccion importante: solo residentes mexicanos pueden abandoneran embarcaciones. Permite arrendamiento financiero pero con institucion crediticia especifica. Secretaria notifica a autoridades fiscales sobre adquisicion. Relevante para estructuras de financiamiento y propiedad de flotas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 11 del LNCM?

Personas fisicas y morales mexicanas pueden solicitar abanderamiento si son propietarias o poseedoras via arrendamiento financiero con institucion crediticia mexicana o extranjera autorizada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 11 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

Restriccion importante: solo residentes mexicanos pueden abandoneran embarcaciones. Permite arrendamiento financiero pero con institucion crediticia especifica. Secretaria notifica a autoridades fiscales sobre adquisicion. Relevante para estructuras de financiamiento y propiedad de flotas.

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