El naviero u operador expide conocimiento de embarque a cada embarcador que prueba entrega mercancia a bordo y actua como titulo representativo de mercancia. Aplica a transporte multimodal con segmento maritimo.
El contrato de transporte marítimo de mercancías constará en un conocimiento de embarque, mismo que deberá expedir el transportista o el operador a cada embarcador. El conocimiento de embarque será además el título representativo de mercancías y constancia de recibo de éstas a bordo de la embarcación.
En los servicios de transporte multimodal en que un segmento sea de transporte marítimo, el operador deberá expedir en el momento en que tome las mercancías bajo su custodia, el documento en que conste el contrato celebrado, mismo que podrá ser o no negociable, a elección del expedidor.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El conocimiento de embarque es el documento mas importante en comercio maritimo. Debe verificarse su autenticidad y contenido pues genera derechos de propiedad y posesion sobre la carga en transito.
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