El naviero u operador tiene privilegio y derecho de retencion sobre equipajes y vehiculos registrados del contrato de transporte maritimo de pasajeros.
El naviero u operador es titular del privilegio y del derecho de retención sobre los equipajes y vehículos registrados derivados del contrato de transporte marítimo de pasajeros.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Otorga al naviero derecho de retener equipaje y vehiculos como garantia. Util para asegurar pago de pasajes y otros creditos derivados del transporte. Debe ejercerse conforme a procedimientos legales para evitar daño moral.
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Art. 144. Incumplimiento en fecha de zarpe
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Art. 146. Derecho a cancelacion de pasaje
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