La dejacion es total, no parcial ni condicional, transfiere dominio y derechos al asegurador a cambio de pago total. El asegurador puede rechazar propiedad pero debe pagar. Subrogacion opera tras aceptacion expresa.
La dejación no podrá ser parcial ni condicional y transferirá el dominio y los derechos del asegurado sobre los objetos asegurados al asegurador, a cambio de recibir el pago total de la suma asegurada. El asegurador, sin perjuicio del pago de la suma asegurada, podrá rehusar la transferencia de la propiedad. La subrogación de los derechos y obligaciones del asegurado al asegurador solamente operará después de la aceptación expresa de la dejación por parte del asegurador.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Mecanismo de transferencia completa de riesgos: la aceptacion explicita del asegurador es obligatoria para que opere la subrogacion. Sin aceptacion, el asegurado retiene dominio aunque reciba indemnizacion, generando complejidades en recuperacion de restos.
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