Define como operaciones de verificacion las relativas a comprobacion de calidad, medida, peso, recuento y equivalentes de mercancías conforme al INCOTERM acordado.
Cuando en el INCOTERMS se haga referencia a operaciones de verificación necesarias, se tendrán por éstas las relativas a la comprobación de la calidad, medida, peso, recuento y equivalentes, respecto a las mercancías a entregar de conformidad con el INCOTERMS acordado al momento de la celebración del contrato de compraventa.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo procedural que establece el alcance de inspecciones. Las partes deben definir en el contrato quien asume costos de verificacion; esto evita conflictos en puerto sobre responsabilidades.
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Art. 259. Despacho aduanero en INCOTERMS
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Art. 261. Obligacion de embalaje en INCOTERMS
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