LNCM

Artículo 65. Inspección de embarcaciones

La Secretaría es responsable de inspeccionar y certificar embarcaciones y artefactos navales para asegurar el cumplimiento de la legislación y tratados internacionales. Esto incluye la prevención de la contaminación marina.

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Texto Legal

El servicio de inspección es de interés público. La Secretaría inspeccionará y certificará que las embarcaciones y artefactos navales mexicanos, así como las instalaciones de servicios y receptoras de desechos, cumplan con la legislación nacional y con los Tratados Internacionales en materia de seguridad en la navegación y de la vida humana en el mar, así como de prevención de la contaminación marina por embarcaciones. Artículo reformado DOF 19-12-2016, 07-12-2020

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas navieras deben estar preparadas para las inspecciones de la Secretaría, asegurando que sus embarcaciones cumplan con todas las normativas para evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 65 del LNCM?

La Secretaría es responsable de inspeccionar y certificar embarcaciones y artefactos navales para asegurar el cumplimiento de la legislación y tratados internacionales. Esto incluye la prevención de la contaminación marina.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 65 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

Las empresas navieras deben estar preparadas para las inspecciones de la Secretaría, asegurando que sus embarcaciones cumplan con todas las normativas para evitar sanciones.

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