LOPSRM

Artículo 69. Mantenimiento de obras públicas

Las dependencias y entidades son responsables de mantener las obras públicas en niveles adecuados de funcionamiento, asegurando su uso conforme a los objetivos originales.

mantenimientofuncionamientoresponsabilidad

Texto Legal

Las dependencias y entidades bajo cuya responsabilidad quede una obra pública concluida, estarán obligadas, por conducto del área responsable de su operación, a mantenerla en niveles apropiados de funcionamiento. Los órganos internos de control vigilarán que su uso, operación y mantenimiento se realice conforme a los objetivos y acciones para las que fueron originalmente diseñadas.

TÍTULO CUARTO DE LA ADMINISTRACIÓN DIRECTA Título reubicado DOF 28-05-2009 (antes Título Quinto)

CAPÍTULO ÚNICO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El mantenimiento adecuado de las obras es clave para su durabilidad y funcionalidad. Las dependencias deben establecer planes de mantenimiento claros y efectivos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 69 del LOPSRM?

Las dependencias y entidades son responsables de mantener las obras públicas en niveles adecuados de funcionamiento, asegurando su uso conforme a los objetivos originales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 69 de la LEY de Obras Públicas y Servicios Relacionados ...?

El mantenimiento adecuado de las obras es clave para su durabilidad y funcionalidad. Las dependencias deben establecer planes de mantenimiento claros y efectivos.

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